Print this page

Ordenanza Nº 900/12

 

VISTO:

 

            Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.012; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;

 

             El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($ 38.731.932.-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.012 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

RENTAS

 Generales

Especiales

Total

EROGACIONES CORRIENTES

  30.860.932

        164.000

  31.024.932

OPERACIÓN

  27.318.182

              -  

  27.318.182

Personal

  21.138.500

      

  21.138.500

Bs. y Serv. no personales

    6.179.682

           

    6.179.682

INTERESES DE DEUDAS

         53.300       

 

         53.300

TRANSFERENCIAS

     2.046.450

         164.000

    2.210.450

A CLASIFICAR

     1.443.000

 

    1.443.000

EROGACIONES DE CAPITAL

     4.207.000

      3.500.000

    7.707.000

INVERSIONES REALES

     3.930.000

      3.500.000

    7.430.000

Bienes de capital

     1.374.000

 

     1.374.000

Trabajos Públicos

    2.556.000

      3.500.000

    6.056.000

BIENES PREEXISTENTES

          80.000

 

         80.000

Inv. financiera

                  -  

 

                 -  

A CLASIFICAR

        197.000

 

       197.000

TOTAL

  35.067.932

     3.664.000

   38.731.932

Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS  TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($ 33.565.932.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

RECURSOS CORRIENTES

  33.549.932

            -         

   33.549.932  

DE JURISDICCION PROPIA

  10.592.932

            -         

   10.592.932  

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

    8.568.200

            -         

     8.568.200  

TASAS Y DERECHOS

    7.293.200

                      

     7.293.200  

CONTRIB. DE MEJORAS

    1.275.000

                      

     1.275.000  

NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

       853.000

 

        853.000

TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

    1.171.732

 

     1.171.732

DE OTRAS JURISDICCIONES

  22.957.000

           -           

   22.957.000

Copart. del ejercicio

  22.957.000

 

   22.957.000

Copart. ejercicios anter.

           -  

 

          -  

RECURSOS DE CAPITAL

         16.000

           -           

          16.000

VENTA DE ACTIVO FIJO

         16.000

           -           

          16.000

TOTAL

  33.565.932

           -          

   33.565.932

 

Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

Total de Erogaciones del Art. 1

  35.067.932

     3.664.000

  38.731.932

Total de Recursos del Art. 2

  33.565.932

             -  

  33.565.932

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO

    1.502.000

     3.664.000

    5.166.000

 

Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL ($ 564.000.-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:

 

 

Rentas

 Generales

Especiales

     Total

EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG

    564.000

          -

  564.000

 

 

Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL ($ 5.730.000.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

Rentas

 Generales

     Especiales

        Total

I   APORTES NO REINTEGRABLE

1.606.000

       3.724.000

5.330.000

II  USO DEL CREDITO

  400.000 

 

       400.000

TOTAL DEL FINANCIAMIENTO

2.006.000

       3.724.000

    5.730.000

 

Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4 y 5 de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL ($ 5.166.000.-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza.-

 

Rentas

 Generales

  Especiales

     Total

I    TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º

       2.006.000

    3.724.000

   5.730.000

II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4

         564.000

          -

      564.000

III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO

      1.442.000

     3.724.000

   5.166.000

 

Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el articulo 1º de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta días (30) siguientes.-

 

Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-

 

Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispongan el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

 

Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-

 

Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-

 

Artículo 12do..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2.012 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-

 

Artículo 13ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 435.I.11