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Ordenanza Nº 1082/17

VISTO:

            Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.016; y

CONSIDERANDO:

            Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2.756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;

             Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO ($ 93.710.404.-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.016 conforme al siguiente resumen:

 

 

RENTAS

 Generales

  Especiales

       Total

 

 

EROGACIONES CORRIENTES

   82.283.404

       41.378

   82.324.782

 

 

OPERACIÓN

   76.605.404

                   

   76.605.404

 

 

Personal

   59.951.000

 

   59.951.000

 

 

Bs. y Serv. no personales

   16.654.404

      

   16.654.404

 

 

INTERESES DE DEUDAS

        215.000

 

        215.000

 

 

TRANSFERENCIAS

     5.463.000

       41.378

     5.504.378

 

 

A CLASIFICAR

            -

 

            -

 

 

EROGACIONES DE CAPITAL

     7.736.000

   3.649.622

    11.385.622

 

 

INVERSIONES REALES

     6.836.500

   3.649.622

    10.486.122

 

 

Bienes de capital

      1.761.057

   2.199.122   

      3.960.179

 

 

Trabajos Públicos

     5.075.443

   1.450.500

      6.525.943

 

 

BIENES PREEXISTENTES

        899.500

 

        899.500

 

 

Inv. Financiera

              -

 

             -

 

 

A CLASIFICAR

              -

 

             -

 

 

TOTAL

   90.019.404

    3.691.000

   93.710.404

 
           

 

 

Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS CUATRO ($ 86.021.404.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación:

Rentas

 Generales

Especiales

      Total

RECURSOS CORRIENTES

   84.071.404

           -  

84.071.404 

DE JURISDICCION PROPIA

   23.000.000

           -  

23.000.000

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

   17.800.000

           -  

17.800.000

TASAS Y DERECHOS

   16.000.000

           -  

16.000.000

CONTRIB. DE MEJORAS

     1.800.000

           -    

  1.800.000

NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

     3.700.000

 

  3.700.000

TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

     1.500.000

 

  1.500.000

DE OTRAS JURISDICCIONES

   61.071.404

            -  

61.071.404

Copart. del ejercicio

   61.071.404

 

61.071.404

Copart. Ejercicios anteriores

 

 

 

RECURSOS DE CAPITAL

     1.950.000

            -  

  1.950.000

VENTA DE ACTIVO FIJO

     1.950.000

 

  1.950.000

TOTAL

   86.021.404

           -  

  86.021.404

 

 

Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero: 

 

Rentas

 Generales

Especiales

  Total

Total de Erogaciones del Art. 1

  90.019.404

     3.691.000

  93.710.404

Total de Recursos del Art. 2

  86.021.404

             -  

  86.021.404

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO

    3.998.000

     3.691.000

    7.689.000

Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000.-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:

Rentas

 Generales

Especiales

     Total

EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG

    600.000

          -

  600.000

 

Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL ($ 8.289.000.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:

 

Rentas

                                                         Generales

     Especiales

    Total

I   APORTES NO REINTEGRABLES          4.598.000

        2.491.000

        7.089.000

 

II  USO DEL CREDITO                                       -

       1.200.000

        1.200.000

 

TOTAL DEL FINANCIAMIENTO                  4.598.000

       3.691.000

        8.289.000

 

           

 

Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL ($ 7.689.000.-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación

Rentas

   Generales

    Especiales

     Total

I    TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º

   4.598.000

    3.691.000

   8.289.000

II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4

     600.000

          -

      600.000

III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO

   3.998.000

     3.691.000

   7.689.000

 

Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1º de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta (30) días siguientes.-

Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-

Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispongan el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-

Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-

Artículo 12do.. Fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 1.486.000.-) el presupuesto del Honorable Concejo Municipal.-

Artículo 13ro.. El presupuesto fijado en la presente Ordenanza incluye en OTRAS EROGACIONES – EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE LA DEUDA la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000.-) con destino a atender sentencias judiciales, allanamientos y reconocimientos administrativos que impongan al municipio hacer frente a sumas de dinero. Este crédito representa el límite máximo establecido para dichos pagos.-

Artículo 14to..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2.016 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-

Artículo 15to..- Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 612.I.15