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Ordenanza Nº 1029/15

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 519/96, Nº 749/08, Nº 804/10 y Nº 842/11 que regulan la concesión otorgada a la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada para la prestación del Servicio Público de Electricidad Urbana y Rural dentro del distrito de Villa Cañás, y los cuadros tarifarios a aplicar;

La solicitud de aumento tarifario formulada por la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada, y la documentación respaldatoria  oportunamente enviada; y

CONSIDERANDO:

Que, la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada (CO.E.VI.CA.L.) ha solicitado la aprobación de un aumento de la tarifa a aplicar, a efectos de poder adaptarla a la realidad económica, paliar las dificultades existentes, y continuar con las obras y tareas postergadas por motivos económicos;

Que, los costos de insumos propios del mantenimiento del servicio (materiales, combustibles) hacen cada vez más inviable la prestación del servicio con calidad acorde a los tiempos que corren;

Que, a ello se adicionan las grandes erogaciones que ha tenido la Cooperativa relacionadas con aumentos salariales y cargas sociales;

Que, la actual estructura de costos y tarifas, le impide a la Cooperativa invertir en infraestructura que permita mantener y mejorar la actual calidad de los servicios que presta, inversiones que serán sumamente necesarias para dotar de los servicios a los planes de viviendas en construcción y a construirse en la ciudad;

Que, la Cooperativa propone aplicar el aumento requerido en cuotas, para no incidir de manera violenta en el usuario, a aplicarse a los consumos con vencimientos los días diez de octubre, noviembre y diciembre de 2.015;

Que, dados los cuantiosos subsidios que recibe la Empresa Provincial de la Energía, resulta materialmente imposible a las Cooperativas mantener las mismas tarifas por encontrarse en desigualdad de condiciones, por no recibir dichos aportes;

Que, los desfasajes antes mencionados han derivado en una marcada crisis   económico-financiera de CO.E.VI.CA.L., que torna necesario hacer lugar al aumento solicitado, en miras de no perjudicar la prestación de un servicio tan esencial como el de Electricidad, y a fin de que no se vea menoscabada la calidad del mismo;

Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo Primero: Apruébese la actualización tarifaria para la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos, Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada, Concesionaria del Servicio Público de Electricidad Urbana y Rural dentro del distrito de Villa Cañás.-

 

Artículo Segundo: La actualización indicada en el artículo precedente, será efectivizado de la siguiente manera:

9.1 %  (nueve con uno por ciento) a los consumos con vencimiento el 10.10.2015.-

9.1 %  (nueve con uno por ciento) a los consumos con vencimiento el 10.11.2015.-

9.1 %  (nueve con uno por ciento) a los consumos con vencimiento el 10.12.2015.-

 

Artículo Tercero: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil quince.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 075.V.15