VISTO:
La aprobación por este Cuerpo de la Ordenanza N° 925/12 y su modificatoria Ordenanza N° 1021/15;
Que, la misma adhiere en todos los términos a la Ley Provincial N° 11.273 de Productos Fitosanitarios y a su Decreto Reglamentario N° 0552/97.
Que, la aprobación de la mencionada Ordenanza crea en nuestro distrito por primera vez una legislación que regula y controla la aplicación de productos fitosanitarios;
Que, ha quedado establecida la Línea Agronómica que restringe y prohíbe totalmente la aplicación de productos fitosanitarios determinando así un Área Protegida circundante al ejido urbano de nuestra ciudad, como así también las Zonas 1 y 2 con distintas características de aplicación;
Que, la aprobada Ordenanza en su Anexo A adjunta un plano donde gráficamente se pueden observar las distintas zonas de restricción; y
CONSIDERANDO:
Que, existen puntos críticos a modificar para dar más prevención y seguridad;
Que, se ha observado que es necesario hacer un corrimiento y trasladar aún más la línea de restricción colindante a la Planta de Tratamiento de Agua que posee la Cooperativa de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Reemplácese en el Anexo “A” de la Ordenanza N° 925/12 el plano existente por el que se adjunta a la presente con la nueva línea agronómica.-
Artículo 2do..- Envíese al SCIT, Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Departamento Municipios y Comunas de la ciudad de Rosario, la presente Ordenanza, adjuntando el nuevo registro gráfico, para su aplicación y modificación en el SIGIT.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-