VISTO:
El comportamiento del tránsito vehicular observado en distintos sectores de la ciudad, y la necesidad de seguir ampliando el ordenamiento en calles pavimentadas; y,
CONSIDERANDO:
El especial pedido que hicieran los vecinos de las zonas comprendidas en la presente Ordenanza,
Que, el tránsito de una sola mano instrumentado en toda la ciudad, salvo las avenidas, significa una norma de orden y seguridad que redunda en beneficio de todos los ciudadanos;
Que, en tal sentido, varias ordenanzas dictadas por el Concejo Municipal así lo ratifican;
Que, es importante que algunas arterias de la ciudad, comprendidas entre calles 44 y 64 entre 59 y 65, sean ordenadas en la circulación de las mismas;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Establécele el sentido único de circulación de calle 44 entre 61 y 65 sentido NE a SO.-
Artículo 2do..- Establécele el sentido único de circulación de calle 46 entre 61 y 65 sentido SO a NE.-
Artículo 3ro..- Establécele el sentido único de circulación de calle 48 entre 63 y 65 sentido NE a SO.-
Artículo 4to..- Establécele el sentido único de circulación de calle 52 entre 65 y 63 sentido SO a NE.-
Artículo 5to..- Establécele el sentido único de circulación de calle 54 entre 63 y 65 sentido NE a SE.-
Artículo 6to..- Establécele el sentido único de circulación de calle 56 entre 65 y 61 sentido SO a NE.-
Artículo 7mo..- Establécele el sentido único de circulación de calle 56 BIS entre 63 y 59 sentido SO a NE.-
Artículo 8vo..- Establécele el sentido único de circulación de calle 58 entre 61 y 63 sentido NE a SO.-
Artículo 9no..- Establécele el sentido único de circulación de calle 60 entre 61 y 59 sentido SO a NE.-
Artículo 10mo..- Establécele el sentido único de circulación de calle 62 entre 59 y 61 sentido NE a SO.-
Artículo 11ro..- Establécele el sentido único de circulación de calle 65 entre 48 y 56 sentido SE a NO.-
Artículo 12do..- Establécele el sentido único de circulación de calle 61 entre 56 y 58 sentido SE a NO.-
Artículo 13ro..- Comuníquese, publíquese, archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil quince.-