Ordenanza Nº 938/13

VISTO:

            Las Ordenanzas Nº 712/07 y Nº 886/12 sancionadas por el Honorable Concejo de Villa Cañás; y

 

CONSIDERANDO:

            Que, la instalación de dos antenas de telefonía viola los acuerdo establecidos oportunamente en donde la Empresa Telecom S.A. se comprometía mediante Nota Nº 17.356/07 de fecha 16/08/2.007 a instalar una nueva torre con la condición de retirar la más antigua;

 

            Que, existen dos ordenanzas municipales que reglamentan la instalación de antenas de telefonía que regulan su colocación y mantenimiento;

 

            Que, las posibles consecuencias perjudiciales para la población se enumeran en los Considerandos de la Ordenanza Nº 712/07;

 

            Que, en fecha 07/06/2.012 y 11/01/2.013 se procedió a intimar mediante Carta Documento a la firma TELECOM S.A. exigiendo proceda a desmantelar el soporte estructural de antenas de telefonía, ubicada en Calle 59 Nº 456 de Villa Cañás;

 

            Que, a la fecha dicha firma no ha procedido a cumplir con los requerimientos que se le formularon, aún cuando existía una nota mediante la cual se comprometía al retiro de la antena citada;

 

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Modifíquese el artículo 9º de la Ordenanza Nº 886/12, el que quedará redacta de la siguiente manera: “Articulo 9º: Sanciones - El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza será sancionando según la gravedad y la reiteración de las faltas con multa que va desde cinco mil (5.000) UF a quince mil (15.000) UF. En caso de que se incumpla con dicha obligación y se persista en la infracción con posterioridad a ser formalmente intimada, la multa se incrementará mensualmente en mil (1.000) UF. Se entenderá por Unidades Fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivalen al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintidós  días del mes de mayo  del año dos mil trece.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 517.I.13

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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