VISTO:
La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de calles en el ejido urbano” de la localidad de Villa Cañás, durante el ejercicio 2.013, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad; y
CONSIDERANDO:
Que, los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
Que, asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente de la Municipalidad de Villa Cañás para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento como también a percibir la tasa que se establezca;
Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;
Que, la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona,
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Apruébese la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de Calles en el ejido urbano” de la localidad de Villa Cañás, durante el ejercicio 2.013, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.-
Artículo 2do..- Autorizar al Intendente Municipal, Sr. Norberto Gizzi, D.N.I. Nº 11.575.222 a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.-
Artículo 3ro..- Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2.756.-
Artículo 4to..- Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de Villa Cañás a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.-
Artículo 5to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días del mes de junio del año dos mil trece.-

