Ordenanza Nº 941/13

VISTO:

 

            La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de calles en el ejido urbano” de la localidad de Villa Cañás, durante el ejercicio 2.013, de acuerdo  al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad;  y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo;

 

            Que, asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente de la Municipalidad de Villa Cañás para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento como también a percibir la tasa que se establezca;

 

            Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;

 

            Que, la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona,

 

Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente: 

 

ORDENANZA 

 

Artículo 1ro..- Apruébese la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de Calles en el ejido urbano” de la localidad de Villa Cañás, durante el ejercicio 2.013, de acuerdo  al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.-  

 

Artículo 2do..- Autorizar al Intendente Municipal, Sr. Norberto Gizzi, D.N.I. Nº 11.575.222 a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.-

 

Artículo 3ro..- Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2.756.-  

 

Artículo 4to..-  Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad  de Villa Cañás a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.- 

 

Artículo 5to..-  Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días del mes de junio del año dos mil trece.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 520.I.13

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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