Ordenanza Nº 1058/16

VISTO:

              El crecimiento edilicio de la ciudad;

              Que existen calles de diferentes anchos; 

              Que a algunas manzanas y calles se les asignó una denominación provisoria;

              La posibilidad de futuros loteos;

CONSIDERANDO:

              Que, es necesario contar con una denominación oficial de calles y manzanas;

              Que, es necesario contar con el ancho oficial de calles;

              Que, las calles deben tener un ancho que permita el paso de los servicios y del arbolado público;

              Que, si el espacio verde no es el adecuado, las raíces de los árboles deterioran las veredas, incluso el pavimento;

   Que, es importante tener proyectado el crecimiento de la ciudad;

   El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA       

                                              

Artículo 1ro..- Se designa el plano adjunto como Plano Oficial de la Ciudad de Villa Cañás.-

 

Artículo 2do..- Se declara como ancho oficial de las calles de la Ciudad de Villa Cañás, 20 metros, con las siguientes salvedades:

Av. 49, Av. 50, Av. 51: 30 m.

Av. 64, entre calles 49 y la futura calle 35: 30 m.

Av. 64, entre Av. 51 y Ruta 94: 24.5 m.

Calle 66Bis, entre Av. 59 y calle 61: 12,6 m.

Calle 66, entre Av. 59 y calle 63: 12,6 m.

Calle 64 Bis, entre Av. 59 y calle 63: 12,5 m.

Calles 44 y 46, entre calles 65 y 69: 15 m.

Av. 46 Bis, entre calles 65 y 69: 26,66 m.

Calle 38, entre calles 55 y 55Bis: 18 m.

Calles 38 y 40, entre Av. 59 y calle 55Bis: 19.5 m.

Calle 61 Bis, entre calles 36 y 38: 12 m.

Calle 63 Bis, entre calles 58 y 60: 14 m.

Calle 67 Bis, entre calles 36 y 38:18 m.

Calle 53, entre calles 36 y 42: 15 m.

Calle 55 Bis, entre calles 36 y 42: 18 m.

Calle 55, entre calles 36 y 42: 14,5 m.

Calle 58, entre Av. 49 y calle 45: 18 m.

Calle 56, entre Av. 49 y calle 45: 18 m.

Calle 54 Bis, entre calles 45 y 47: 17,5 m.

Calle 54 Bis, entre Av. 49 y calle 47: 17,5 m y 20 m.

Calle 48, entre Av. 49 y calle 45: 18.4 m.

Calle 46, entre Av. 49 y calle 45: 19,1 m

Calle 38 Bis, entre Av. 49 y calle 45: 16 m.

Calle 38, entre Av. 49 y calle 45: 16 m.

Calle 36 Impar, entre Av. 49 y calle 45: 12 m.

Calle 47, entre calles 56 y 58: 18 m.

Calle 47, entre calles 56 y 54Bis: 18 m. y 20 m.

Calles 47 Par y 47 Impar, entre calles 52 y 54: 10 m.

Calles 45 Bis y 47 Bis, entre calles 52 y 54: 14 m.

Calles 41Bis y 43 Bis, entre calles 52 y 52Bis: 16 m.

Calles 45 Par y 49 Impar, entre calles 36 Impar y 38 Bis: 12,2 m..-

Artículo 3ro..- Para los casos de apertura de calles se seguirá con el mismo criterio, debiendo ceder el, o los propietarios, el terreno para la calle a abrir.-

 

Artículo 4to..- Se proyecta en el mencionado plano el posible crecimiento de la ciudad, sujeto a modificaciones debidamente justificadas.-

 

Artículo 5to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, al día uno del mes de junio del año dos mil dieciséis.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 627.I.16

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

Realizado por  www.pensamosprimero.com