VISTO:
La donación efectuada por los Sres. NILDA IRENE ROMAGNOLI, L.C. Nº 5.257.309, y, ALCIDES ENRIQUE ROMAGNOLI, L.E Nº 6.130.368, consistente en los lotes 1C y 2A, con una superficie de 50.00m2 y 27 m2 respectivamente, más precisamente los inmuebles parte del solar 1 y parte del solar 2, subdivisión Quinta Nº 7, Sección “C”, inscriptos en el Registro General de la Propiedad al Tº 304 – Fº 119 – Nº 145.865-25/06/75, Primero y Segundo de orden, respectivamente, de la Manzana 229, de nuestra ciudad de Villa Cañás, que como surgen del plano enunciado se encuentran afectados a “CALLE PUBLICA” mas precisamente a ensanche de las calles 46 y 47, s/ plano del Agrimensor JORGE H. GALVAN, de fecha Febrero 2.012, y;
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8) de la Ley Nº 2756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada con destino a camino público (mas precisamente ensanche de las calles 46 y 47) efectuado por NILDA IRENE ROMAGNOLI y ALCIDES ENRIQUE ROMAGNOLI, propietario de los LOTES 1C y 2A, con una superficie de 50.00m2 y 27 m2, respectivamente, más precisamente los inmuebles parte del solar 1 y parte del solar 2, subdivisión Quinta Nº 7, Sección “C”, inscriptos en el Registro General de la Propiedad al Tº 304 – Fº 119 – Nº 145.865-25/06/75, Primero y Segundo de orden, respectivamente, de la Manzana 229 de nuestra ciudad de Villa Cañás. Que como surge del plano enunciado se encuentran afectados a “CALLE PUBLICA” mas precisamente a ensanche de las calles 46 y 47, s/ plano del Agrimensor JORGE H. GALVAN, de fecha Febrero 2012. El mencionado plano se inscribirá posteriormente en el Dpto. de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce.-

