VISTO:
La necesidad imperiosa de construir nichos en el cementerio local; y
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad dispone del espacio físico para tal fin, y que la propuesta es viable;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Apruébese el proyecto de construcción de Nichos en el Cementerio Local según los Planos y Especificaciones Técnicas que se adjuntan y que pasan a formar parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 2do..- Facúltese al Ejecutivo Municipal a ejecutar las acciones tendientes a la construcción de nichos en el Cementerio Local.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los once días del mes de abril del año dos mil doce.-

