Ordenanza Nº 891/12

VISTO:

 

La necesidad de ordenar normas en cuanto a la tributación en el Municipio; y

 

CONSIDERANDO:

 

Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;

 

Que, se hace necesario reajustar los valores para no desfinanciar el Municipio, ni resentir la prestación de los servicios públicos esenciales;

 

Que, cualquier tipo de aumentos en tasas o derechos, deben atender la realidad de la población;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA

 

 

Artículo 1ro.- Modifícanse los artículos 15º  y 16º de la Ordenanza Nº 866/12 siendo su nueva redacción la siguiente:

 

…..Artículo 15to.- El monto anual se establece en pesos cincuenta y tres con 454/1000 ($ 53,454.-) por hectárea.-

 

…..Artículo 16to.- El vencimiento de cada cuota responderá al siguiente cuadro operando el vencimiento los días diez (10) o posterior hábil si éste resultara inhábil.- 

 

     Vencimiento

        $/ha

            10/3

       8,475

            15/5

       8,475

            16/7

       9,126

            10/9

       9,126

            10/11

       9,126

          10/01/13

       9,126

 

 

Artículo 2do.- Modifícase el artículo 60º de la Ordenanza Nº 866/12 siendo su nueva redacción la siguiente:

…..Fijar en seis pesos con 84/1000 ($ 6,084.-) la equivalencia en pesos del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 744/08 incluido en el monto del artículo 15º de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 3ro.- Comuníquese, publíquese, archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los tres  días del mes de julio del año dos mil doce.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 474.I.12

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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