VISTO:
El actual sistema de becas para estudiantes universitarios que esta Municipalidad viene implementando en los últimos años y el contrato de alquiler suscripto con la Sra. Aleja Ana María Dorado, D.N.I. Nº 5.530.492, respecto del inmueble ubicado en calle San Lorenzo 1.880 – Planta Alta, de la ciudad de Rosario; y
CONSIERANDO:
Que, con motivo de dicho sistema y en virtud de considerarse al mismo insuficiente para paliar los costos que demanda un alumno durante sus estudios universitarios, se procedió a sancionar la Ordenanza Nº 724/08 de esta ciudad de Villa Cañás;
Que, con motivo de la Ordenanza citada anteriormente se procedió a autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa en locación uno o más inmuebles, que estaban afectados al presente Sistema de Becas de Residencia Estudiantil, autorizándose una erogación máxima mensual de hasta la suma de pesos tres mil ($ 3.000.-) por inmueble y por todo concepto. Y que dicha contratación se celebraría con conocimiento del Honorable Concejo Municipal;
Que, en virtud de dicha autorización el Departamento Ejecutivo Municipal celebró un contrato de locación de un inmueble con la Sra. Aleja Ana María Dorado, DNI 5.530.492, el mismo se encuentra ubicado en calle San Lorenzo 1880 – Planta Alta, de la ciudad de Rosario, por un plazo de treinta y seis (36) meses, el cual comenzó a correr el día 01/02/2.008 y venció el día 31/01/2.011; habiendo sido prorrogado por doce (12) meses, es decir, su vencimiento se producirá el día 31/01/2.012;
Que, en fecha 01/02/2.012 se firmó la renovación del referido contrato de alquiler, en virtud de resultar necesario a los fines de poder continuar con el cumplimiento del Sistema de Becas de Residencia Estudiantil. Todo ello conforme la Ordenanza Nº 865/11 sancionada por este Honorable Concejo Municipal;
Que, durante el transcurso del presente año, más precisamente entre los meses de abril y mayo se produjo la disminución por decisión unilateral de los beneficiarios del Programa en un número de seis estudiantes. Encontrándose beneficiados a la fecha un total de tres estudiantes;
Que, ante esta circunstancia no resulta necesario continuar con la locación de un inmueble que posea comodidades para nueve personas; y que además presenta un estado de deterioro edilicio que no brinda las mejores comodidades a los estudiantes;
Que, a los fines de continuar con el presente programa es menester alquilar otro inmueble que cuente con comodidades edilicias suficientes que permitan cumplir con el presente programa;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la rescisión del contrato de locación celebrado en fecha 01/02/2.012 con la Sra. Aleja Ana María Dorado, D.N.I. Nº 5.530.492, respecto del inmueble ubicado en calle San Lorenzo 1.880 – Planta Alta, de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do..- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la contratación en forma directa del contrato de locación ha celebrarse con el Sr. Alfredo Antonio Scavone, L.E. Nº 8.412.383, respecto del inmueble ubicado en calle Necochea 1.368, Unidad 05-03, de la ciudad de Rosario, por un plazo de veinticuatro (24) meses, que estará afectado al presente Sistema de Becas de Residencia Estudiantil, con una erogación máxima mensual de hasta la suma de pesos tres mil doscientos ($ 3.200.-) por el inmueble y por todo concepto. La contratación se celebrará con conocimiento del Honorable Concejo Municipal.-
Artículo 3ro..- Impútese la erogación correspondiente a la partida “Casa del Estudiante” del Presupuesto General de la Administración Municipal Vigente.-
Artículo 4to..- Publíquese, comuníquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil doce.-

