VISTO:
La necesidad de ordenar normas en cuanto a la tributación en el Municipio; y
CONSIDERANDO:
Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;
La vigencia del artículo 53 de la Ley Nº 13.226;
Que cualquier tipo de aumento en Tasas o Derechos, deben atender a la realidad de la población;
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorizase, en los términos del artículo 53º de la Ley Provincial Nº 13.226, sus modificatorias y el decreto reglamentario el incremento en el Impuesto Patente Única sobre Vehículos, en un diez por ciento (10%), para la emisión del año 2.013.-
Artículo 2do..- Remítase copia de la presente a la Administración Provincial de Impuestos (API), conforme a lo solicitado por la misma.-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese, archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil doce.-

