VISTO y CONSIDERANDO:
La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones, por la que se crea un fondo para la ejecución de obras y compra de equipamiento;
Que, nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
Que, eL Departamento Ejecutivo Municipal ha evaluado las obras públicas prioritarias y las necesidades de equipos que permitan mejorar los servicios que hoy se brindan. De esa evaluación surge la decisión de incorporar un minitractor desmalezador, una motosierra y seis motoguadañas aptas para las tareas que se desarrollan especialmente en la zona urbana del distrito;
Que, esta incorporación se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;
Que, nuestra localidad tiene disponible parcialmente fondos de los ejercicios 2.010 y 2.011;
Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1.123/08, el aporte no reintegrable de pesos doce mil quinientos treinta y cinco con 15/100 ($ 12.535,15.-) correspondientes al año 2.010 y cuarenta y un mil trescientos noventa y tres con 61/100 ($ 41.393,61) correspondientes al año 2.011, para la adquisición de un minitractor, una motosierra y una motoguadaña nuevos.-
Artículo 2do..- Facúltase al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento parcial de la adquisición que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimento a lo establecido en la presente.-
Artículo 3ro.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil doce.-

