Ordenanza Nº 1068/16

VISTO:

              La solicitud presentada por el Club Sportman de Villa Cañás por ante esta Municipalidad, los fines sociales y altruista que dicha institución cumple para nuestra comunidad; y

CONSIDERANDO:

              Que, el Club Sportman de Villa Cañás presentó una solicitud de uso de un terreno perteneciente a la Municipalidad de Villa Cañás, el cual está destinado a calle pública, identificado como parte de calle 47 y parte de la calle 60 en el sector de la Manzana 207 del plano oficial de nuestra ciudad;

              Que, la Institución posee actualmente  los terrenos que rodean a las calles citadas, conforme Plano de Mensura Nº 72.533/73, identificados como lotes 1 al 9  y 12 al 31;

              Que, la petición tiene por objetivo destinar dichos terrenos a la instalación de las canchas deportivas destinadas a las prácticas de variadas disciplinas;

              Que, ante este marco resulta importante remarcar la importancia de los clubes, la cual radica en las funciones sociales que desempeña en una comunidad determinada, esta comunidad es quien le ha dado origen y lo vio nacer. Su fundación, esencialmente, se produce hacia la búsqueda de la una mejor interrelación e integración barrial y para destituir, en todos y para todos los casos, la marginación de algún sector específico de esa comunidad;

              Que, entre las actividades ofrecidas por la institución podemos encontrar: deportes varios, grupos de jóvenes, salidas recreativas, campeonatos deportivos, espacios de comunicación, de educación, de alimentación, de salud, entre otras;

              Que, antiguamente participaban en el Club, casi todas las personalidades de la ciudad, en las comisiones se discutía con pasión, con el fin de mejorar sus acciones. Concurría toda la familia, todo el barrio. Además de realizar eventos deportivos también se organizaban reuniones sociales. No solo los niños lo disfrutaban en aquel entonces. Era la cita obligada de todas las familias:

              Que, hoy en día, este fenómeno ha variado considerablemente, posiblemente porque su difusión no es lo suficientemente masiva para que todos puedan acceder a ella. Así son pocos en números los niños que tienen la posibilidad de concurrir a este espacio abierto, por lo cual es fundamental generar mejores condiciones de funcionamiento para dichas instituciones;

              Que, la primera y la segunda infancia de la sociedad actual, en general, pasan sus horas de ocio frente a la televisión en lugar de tener espacios de recreación y o de expresión. Parecería válido pensar en clausura del sujeto hacia lo interno, hacia su mundo interior, la causa posterior es la pérdida del dialogo y la comunicación.-

 Seguramente podemos pensar que la escuela tendrá mucho que ver en favorecer la apertura del sujeto hacia el exterior, hacia la sociedad. Pero no es todo;

              Que, en estos momentos, en donde la infancia y la adolescencia de algunos sectores se encuentra a pasos de estar perdida, debemos poner énfasis en la atención hacia las acciones de los clubes, en primer lugar para que el club funcione como contingente y límite para fomentar el establecimiento de aquellos lazos sociales perdidos o que nunca se establecieron con la comunidad a la que pertenecen;

                 Algunas son las funciones reconocidas a los clubes de nuestra ciudad y que le competen a esta como institución social:

.- Inserción de niños, adolescentes o personas de cualquier edad dentro de la comunidad que lo ha fundado.-

.- Otorgar identidad y facilitar identificaciones.-

.- Concluir con estados de marginaciones de las personas que componen cierta comunidad.-

.- Brindar apoyo y contención en todo momento.-

.- Proveer de espacios recreativos, deportivos, educativos y de ocio.-

.- Aportar estrategias y realizar acciones a favor del establecimiento de potenciales lazos sociales.-

.- Crear espacios abiertos para la comunicación y la expresión en todas sus formas.-

.- Mostrar formas adecuadas de interrelaciones.-

.- Fomentar el compromiso social.-

.- Promocionar y prevenir conductas perjudiciales para la salud (ya sean por drogas, tabaquismo, conductas sexuales inadecuadas a la perduración de la vida, alcoholismo, etc.) y alejar a los componentes de ese club de cualquier directiva de riesgo.-

.- Otras.

                 En consecuencia no debemos dejar de pensar que los clubes contribuyen fuertemente a una mejor calidad de vida e igualdad de oportunidades para nuestros niños, jóvenes, adultos y ancianos en estado de vulnerabilidad;

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la  siguiente,

 

ORDENANZA

 

 Artículo 1ro..- Desaféctese del Uso Público los tramos de calle pública municipal en el sector de la Manzana 207 del plano oficial, identificados actualmente como:

  1. a) Parte de la calle 47, en el sector comprendido  entre  el lote N° 12 al 20  y  parte del lote 24 al 30 del Plano N° 72.533/73.-
  2. b) parte de la calle 60, polígono HMNOH en el plano N° 72.533/73, todo de acuerdo al plano que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza.-

 El plazo de dicha desafectación  será el establecido en el Artículo 2° de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 2do..- Autorícese al Sr. Intendente Municipal a suscribir un CONVENIO DE PERMISO DE  USO PRECARIO, por el término de  veinticinco (25) años que figura como Anexo I de la presente, entre la Municipalidad  de la Ciudad de Villa Cañás y el CLUB SPORTMAN de Villa Cañás.-

 

Artículo 3ro..- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los doce días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 633.I.16

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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