VISTO:
El estado que presentan actualmente los carteles nomencladores de las calles de nuestra ciudad, que muestran, por un lado, los rastros que va dejado el paso del tiempo, y por el otro, las consecuencias de actos de vandalismo;
Las experiencias que se encuentran en muchas ciudades del país, en las que los proyectos a gran escala para la señalización urbana cuentan con el apoyo del sector privado, que financia los planes a través de la publicidad; y
CONSIDERANDO
Que, la cartelería urbana, que indica el nombre de la arteria, su altura y sentido de circulación, constituye, sin lugar a dudas, un recurso de suma importancia en lo que hace al equipamiento urbano, contribuyendo a mejorar la imagen de nuestra ciudad, consolidando la identidad local, proveyendo información a quienes nos visitan, entre otros aspectos;
Que, la cartelería urbana genera las condiciones para un tránsito más seguro y ordenado, al fijar claramente el sentido de circulación de las avenidas y calles de la ciudad;
Que, el aspecto que en la actualidad presentan los carteles, oxidados por el paso del tiempo, deteriorados, doblados y/o torcidos por actos de vandalismo, hace necesario su arreglo o eventual recambio, a fin de mejorar el estado de la cartelería en general;
Que, diversos comerciantes y empresarios en forma particular, como así también el Centro de Comercio e Industria de la ciudad como representante del sector en general, han destacado la importancia que tendría iniciar los trabajos para la reparación de los carteles existentes;
Que, en las diversas reuniones mantenidas con comerciantes cañaseños, éstos han manifestado su adhesión al proyecto de señalización urbana que prevé la instalación de un nuevo modelo de cartel con espacio destinado a publicidad, mediante la financiación de los costos de los carteles y a cambio de la publicidad en los mismos, aceptando las condiciones señaladas en el “Convenio de Colaboración” propuesto por el Municipio;
Que, también la población en general considera necesaria una mejor señalización de las calles, lo que facilitaría tareas cotidianas y nos identificaría mejor con relación a quienes circunstancialmente transitan por nuestra Ciudad;
Que, este proyecto no implica cuantiosas erogaciones de recursos públicos, ya que los carteles serán financiados en su totalidad por las empresas de la ciudad que decidan publicitar en los mismos, quedando a cargo del Municipio solamente los costos, tanto en personal como en materiales, que demande su instalación y, en el futuro, su mantenimiento;
Que, los viejos carteles que se reemplacen por los nuevos modelos, se repararán y reciclarán para volver a utilizarlos en diferentes puntos de la ciudad, fundamentalmente los más alejados del área central, que nunca tuvieron cartelería;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- AUTORÍCESE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL de la Ciudad de Villa Cañás, a suscribir los correspondientes “Convenios de Colaboración” con las empresas y comerciantes de la ciudad que adhieran al “PLAN DE SEÑALIZACIÓN URBANA 2009-2011”, que se financiará con publicidad de dichas empresas.
Artículo 2do..- El “Plan de Señalización Urbana 2009-2011” consiste en la instalación de carteles indicadores de la nomenclatura de las calles de nuestra ciudad, su altura y sentido de circulación, en los que comerciantes y empresas publicitarán su actividad, por el plazo de 5 años, asumiendo los costos del cartel terminado. En una primera etapa la cartelería se colocará en las principales vías de acceso a Villa Cañás.
Artículo 3ro..- Incorpórese como Anexo I la documentación que detalla las especificaciones técnicas de la cartelería a instalar, el que se considerará parte integrante de la presente.
Artículo 4to..- Los “Convenios de Colaboración” referenciados en el artículo Segundo y a cuya suscripción se autoriza al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, serán del siguiente tenor:
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En la ciudad de Villa Cañás, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los …días del mes de ……………… del año………, entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA CAÑAS, con domicilio legal en Calle 53 Nº 454 de esta ciudad, representada en este acto por ………………..……………… …..……………………………….., (D.N.I. Nº ……………….), en su carácter de ……………… ……………………………………., de la Municipalidad de Villa Cañás, conforme Escritura de Toma de Posesión Nº ……., de fecha …………………………………, denominada en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y por la otra parte el/la Sr./Sra. / empresa representada por……….., con domicilio en Calle………de Villa Cañás (DNI/LE/LC CUIT)……………denominada en adelante “La Empresa”, se conviene en celebrar el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente convenio se celebra dentro del marco del “Plan de Señalización Urbana 2009-2011” que está siendo llevado a cabo e forma conjunta por la Municipalidad de Vila Cañás y el Centro de Comercio e Industria de Villa Cañás, a los fines de la reinstalación de los carteles indicadores de la nomenclatura, número y sentido de circulación de las calles de la Ciudad.----------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: El objeto de este acuerdo, es, por parte de la Municipalidad, la ejecución del “Plan de Señalización Urbana 2009-2011 Primer Etapa” mediante los aportes efectuados por los comerciantes de Villa Cañás, y por parte de la Empresa, la colaboración en la realización de dicho Plan y la exhibición de la publicidad de su actividad en la cartelería urbana por el término de 5 años.-------
TERCERA: Las partes asumen las siguientes obligaciones: La Empresa, se compromete a abonar el costo total -“Cartel Terminado”- de cada cartel en el que decida publicitar, que asciende al precio unitario de $ 350,00.- (pesos trescientos cincuenta c/00/100), monto que será facturado directamente por el fabricante de la cartelería a la Empresa, la Municipalidad como contrapartida, se hará cargo del mantenimiento en buen estado de la cartelería, de su limpieza, reparación y si fuera necesario su reposición, de manera tal de garantizar, por el término de 5 años desde la fecha del presente, un espacio adecuado para que la Empresa publicite su actividad.-----------------------------------
CUARTA: Se deja expresa constancia que los carteles indicadores se colocarán en las principales vías de acceso a la Ciudad: avenida 50, 51, 64, 42, 36, 59 y 49, pudiendo la Empresa elegir la ubicación de un cartel cada cinco que aporte. En el supuesto de que dos o más empresas elijan la misma esquina para lo colocación del cartel que llevará su publicidad, tendrá prioridad aquella que se domicilie en la/s cuadra/s que conforma/n esa esquina, procediéndose a sorteo más de una empresa tiene su domicilio en la/s cuadra/s en cuestión. En caso de publicitar en menos de cinco carteles, la ubicación de todos ellos se determinará por sorteo, que será la modalidad que se utilizará cada vez que sea necesario a fin de asegurar un criterio de localización ecuánime.--------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA: La Empresa manifiesta tener pleno conocimiento de que una vez transcurridos los 5 años a contar desde la fecha del presente, se extinguirá su derecho de publicitar en la cartelería urbana y la Municipalidad recuperará la plena disponibilidad sobre los carteles.------------------------------------------------------
SEXTA: La Empresa se compromete a abonar la suma de $.................................... (pesos….) equivalente al costo de la publicidad de su Firma por cinco años………………………(………) carteles de las siguientes características: cada cartel se compone de dos chapas (una para señalizar la calle par y otra la impar), con cuatro espacios para publicidad (uno en cada cara de las dos chapas) de 0,55cm x 0,10cm; cada chapa mide 1m. x 0,33m, y el soporte (caño metal) es de 3,40m de alto por 3,2mm de diámetro. Los carteles serán colocados en las esquinas de calles………………………………………...---------------------------------------------------
SEPTIMA: El Municipio se compromete a la instalación de la cartelería objeto del presente dentro del plazo de 15 días corridos desde la firma de este convenio.---------------------------------------------------------------------------------------------
OCTAVA: En virtud de ser una de las partes un ente municipal de la Provincia de Santa Fe, se deja expresa constancia de que en el caso de que la Municipalidad sea condenada al pago en virtud de cualquier tipo de acreencia, se estará atento a lo establecido en el Artículo 18 de la Ley 2756, el cual a continuación se transcribe: “Art. 18 - Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del municipio, y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares”.------------------------------------------------
NOVENA: A todos los efectos judiciales o extrajudiciales del presente convenio, “La Municipalidad” y “La Empresa” fijan sus domicilios en los detallados en el encabezamiento, donde tendrán validez todas las notificaciones. Asimismo establecen las partes expresamente, que se someten, ante las eventuales controversias que pudieran surgir, a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Venado Tuerto, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, inclusive la federal.----------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad, bajo las cláusulas que anteceden, en el día y lugar ut supra indicados, previa lectura y ratificación, firman las partes dos (2) ejemplares, del mismo tenor y a un sólo efecto, a cuya validez y firmeza se obligan.----------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 5to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil nueve.-

