Ordenanza Nº 1022/15

VISTO:

 Que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se han iniciado las gestiones correspondientes a los fines de lograr el traslado a nuestra localidad, de los restos de quien fuera su fundador Don Juan Cañás y Rey y de su esposa Higinia Cáseres; y

CONSIDERANDO:

             Que, la Sra. María Raquel Holway Ramos Mejía, descendiente en línea recta del cuarto grado, ha consentido por ante la Dirección General de Cementerios de la ciudad de Buenos Aires, el traslado de los restos con destino a la localidad de Villa Cañás;

            Que, teniendo en cuenta que la Escuela Nº 178 se emplazó sobre un terreno que fue donado por Don Juan Cañás para esos fines, que la misma lleva su nombre y que allí se ubicó la escultura donde cada año se conmemora el aniversario de fundación de nuestra localidad, el Departamento Ejecutivo Municipal considera que es el lugar propicio para dar sepultura a sus restos, como así también lo han manifestado, el Sr. Roberto Sales y el Pbro. Juan Riganelli, referentes de nuestra ciudad;

            Que, atento que el inmueble donde se emplaza la citada escultura es propiedad del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se ha cursado nota formal a la Delegada de la Región VII, Prof. Cristina Farioli a los fines que otorgue su conformidad para concretar la sepultura en dicho espacio, habiendo obtenido respuesta favorable;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Autorízase, como excepción a lo dispuesto en el artículo 28º, Ordenanza Nº 908/12, la inhumación de los restos de quien en vida fuera Don Juan Cañás y Rey en su condición de fundador de Villa Cañás, fallecido el 28 de febrero de 1.910 y de quien en vida fuera su esposa Higinia Cáseres Texeyra, fallecida en el año 1.906, a los pies de la escultura emplazada en las inmediaciones de la Escuela Nº 178, “Juan Cañás”.-

 

Artículo 2do.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

                                                                                      

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los trece  días del mes de mayo del año dos mil quince.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 600.I.15

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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