Ordenanza Nº 1028/15

VISTO:

La Ordenanza Nº 974/14 sancionada por este H. Concejo Municipa en fecha 18/06/2014 y, el Convenio suscripto por la Municipalidad de Villa Cañás con el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, en fecha 15/102014, expte. 01802-009723-2, para ejecutar la obra “Provisión de Módulos Premoldeados para Alcantarillas Aliviadoras en Ruta 7-S, de Villa Cañás”; y

CONSIDERANDO:

            Que, en fecha 18/06/2014 este H. Cuerpo Legislativo Municipal sancionó la Ordenanza Nº 974/14 mediante la cual se facultó al Sr. Intendente Municipal, a llevar adelante los actos necesarios para el cumplimiento del convenio y la percepción del monto correspondiente, por un total de $ 243.750.-;

            Que, dicha autorización se otorgó con el fin de simplificar la ejecución del referido Convenio;

            Que, el convenio fue suscripto con la Provincia de Santa Fe, considerable tiempo después, en fecha 15/10/2014, habiéndose revisado el monto del convenio, suscribiéndose por la suma de $ 286.078.-;

            Que, en virtud de lo cual resulta necesario proceder a modificar el artículo 1º de la Ordenanza Nº 974/14;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..-  Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 974/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébese la suscripción de un convenio entre la Municipalidad de Villa Cañás, representada por su Intendente Municipal, Sr. Norberto Raúl Gizzi, D.N.I.  Nº 11.575.222 y el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la provincia de Santa Fe, a fin de obtener un aporte no reintegrable de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETENTA Y OCHO ($ 286.078.-), destinado a la ejecución de la obra “Provisión de módulos premoldeados para alcantarillas aliviadoras en ruta 7-S, Ciudad de Villa Cañás, Dpto. General López, Provincia de Santa Fe”.-

 

Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los nueve  días del mes de septiembre del año dos mil quince.-

Info adicional

  • Expediente Nº: Nº 606.I.15

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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