VISTO:
La gran cantidad de jóvenes, principalmente de nuestra ciudad, que los fines de semana en las últimas horas de la tarde y primeras de la noche, se reúnen en torno a la plaza central, fundamentalmente en la Calle 53, entre la Calle 52 y la Avenida 50; y
CONSIDERANDO:
Que, además de ocupar ambas veredas, ocupan también parte de la calzada;
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal considera sumamente positivo que nuestros jóvenes se concentren en un lugar público como lo es la plaza central de la ciudad;
Que, al ocupar parte de la calzada, ponen en riesgo su integridad física y la de los demás;
Que, es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad de todos los ciudadanos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder al cierre de la Calle 53 entre la Calle 52 y Avenida 50 al tránsito de vehículos en los días sábados, domingos y feriados en el horario máximo comprendido entre la 16 horas y las 05 horas del día siguiente, según lo estime conveniente.-
Artículo 2do..- Autorízase a los vecinos de la mencionada calle a la entrada y salida vehicular en los horarios mencionados en el artículo primero de la presente Ordenanza.-:
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil siete.-