VISTO:
La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual la Municipalidad de Villa Cañás se compromete a ejecutar la Obra: Mejorado de Caminos Rurales de la localidad de Villa Cañás, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad; y
CONSIDERANDO:
Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad, son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente Municipal de Villa Cañás para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a emitir y percibir la tasa que se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad;
Que, la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Apruébese la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual la Municipalidad se compromete a ejecutar la Obra; Mejorado de Caminos Rurales de la localidad de Villa Cañás, de acuerdo al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.-
Artículo 2do..- Autorícese al Sr. Alberto D. Romagnoli, L.E. Nº 7.822.670, Intendente Municipal de Villa Cañás a suscribir el respectivo Convenio como también, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.-
Artículo 3ro..- Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de Villa Cañás de acuerdo a la Ley Nº 2439.-
Artículo 4to..- Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad de Villa Cañás, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.-
Artículo 5to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones a los doce días del mes de abril del año dos mil seis.-