VISTO:
El Contrato de Comodato suscripto entre la Municipalidad de Villa Cañás y la Sociedad Española de Socorros Mutuos de esta ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el cual se cede el inmueble ubicado en Manzana 38, entre Calles 42, 44 , 57 y Avenida 59, a los fines se proceda al retiro de todas las lajas perimetrales, crear un “pulmón verde” de espacio público, conservar la fachada que es patrimonio histórico, crear una plaza o paseo y destinar un porcentaje del mismo para la construcción de viviendas o edificios;
Que, es importante la firma de este contrato, dado que significa el recupero para la ciudad de un espacio verde importante y de esta manera disponer del mismo para su uso público por el término de veinticinco años renovables automáticamente;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Homológase el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de Villa Cañás y la Sociedad Española de Socorros Mutuos, suscripto el día 26 de junio de 2006.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil seis.-

