Ordenanza Nº 707/06

 

VISTO:
Que es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2006; y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento a las disposiciones de la Ley 2756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;

El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO SETENTA MIL OCHOCIENTOS ( $ 8.170.800,-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.006 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza:



RENTAS Generales Especiales Total
EROGACIONES CORRIENTES 5.757.800 116.000 5.873.800
OPERACIÓN 4.668.300 - 4.668.300
Personal 3.078.000 3.078.000
Bs. Y Serv. no pers 1.590.300 1.590.300
INTERESES DE DEUDAS 42.800 42.800
TRANSFERENCIAS 775.700 116.000 891.700
A CLASIFICAR 271.000 271.000
EROGACIONES DE CAPITAL 1.994.000 303.000 2.297.000
INVERSIONES REALES 1.771.000 303.000 2.074.000
Bienes de capital 168.000 - 168.000
Trabajos Públicos 1.603.000 303.000 1.906.000
BIENES PREEXISTENTES 130.000 130.000
Inv financiera - -
A CLASIFICAR 93.000 93.000
TOTAL 7.751.800 419.000 8.170.800

Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS SIETE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL ( $ 7.119,000,-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza: 


Rentas Generales Especiales Total
RECURSOS CORRIENTES 6.979.000 - 6.979.000
DE JURISDICCION PROPIA 2.652.000 - 2.652.000
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO 2.241.000 - 2.241.000
TASAS Y DERECHOS 1.427.000 - 1.427.000
CONTRIB DE MEJORAS 814.000 - 814.000
NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO 162.000 162.000
TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES 249.000 249.000
DE OTRAS JURISDICCIONES 4.327.000 - 4.327.000
Copart. del ejercicio 4.327.000 4.327.000
Cop. ejercicios anter. - -
RECURSOS DE CAPITAL 140.000 - 140.000
VENTA DE ACTIVO FIJO 140.000 140.000
TOTAL 7.119.000 - 7.119.000

Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero

Rentas Generales Especiales Total
Total de Erogaciones del Art. 1 7.751.800 419.000 8.170.800
Total de Recursos del Art. 2 7.119.000 - 7.119.000
NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 632.800 419.000 1.051.800

Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ( $ 244.200,-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:

Rentas Generales Especiales Total
EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG 244.200 - 244.200

Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 1.296.000), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

Rentas Generales Especiales Total
I APORTES NO REINTEGRABLES 377.000 419.000 796.000
II USO DEL CREDITO 500.000 - 500.000
TOTAL DEL FINANCIAMIENTO 877.000 419.000 1.296.000

Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ( $ 1.051.800.- ), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

Rentas Generales Especiales Total
I TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5 877.000 419.000 1.296.000
II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4 244.200 - 244.200
III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO 632.800 419.000 1.051.800 

Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1º de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta (30) días siguientes.-

Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-

Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1 y 5, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-

Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta municipal.-

Artículo 12do..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2.006 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-

Artículo 13ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 



Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los trece días
del mes de diciembre del año dos mil seis.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 286.I.05

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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