Ordenanza Nº 1033/15

VISTO:

            La necesidad de ordenar normas en cuanto a la tributación en el Municipio; y

 

CONSIDERANDO:

            Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;

            Que, se hace necesario reajustar los valores para no desfinanciar el Municipio, ni resentir la prestación de los servicios públicos esenciales;

            Que cualquier tipo de aumento en tasas o derechos, deben atender la realidad de la población;

Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro...-  Modifícanse los artículos 15º y 16º de la Ordenanza Nº 934/13 siendo su nueva redacción la siguiente:

 

……Artículo 15to..-  El monto anual se establece en pesos ciento siete con 55/100 ($ 107,55.-) por hectárea.

 

…….Artículo 16to..-  El vencimiento de cada cuota responderá al siguiente cuadro operando el vencimiento los días establecidos o posteriores hábil si este resultara inhábil:

 

 

Vencimiento

$/ha

10/03/15

16,943

11/05/15

16,943

10/07/15

16,943

10/09/15

16,943

10/11/15

17,925

 

 

Artículo 2do.- Modificase el artículo 60mo de la Ordenanza Nº 934/13 siendo su nueva redacción la siguiente:

....- Fijar en pesos once con noventa y cinco centavos ($ 11,95.-) la equivalencia en pesos del artículo 1º  de la Ordenanza Nº 744/08 incluido en el monto del Artículo 15º de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 3ro.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los quince días del mes de octubre del año dos mil quince.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 609.I.15

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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