ANTECEDENTES:
Con 02/18 (agregada al Expediente Nº 00103-0054348-4), la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPV y U) – Secretaría de Estado de Hábitat, rectificó el monto del Préstamo con destino al financiamiento y ejecución de 135 Lotes con servicios – Programa “Mi tierra Mi Casa” y conjuntamente a la Dirección General de Asesoramiento Tributario, Presupuestario y Financiamiento, fijó el monto del endeudamiento hasta LA SUMA TOTAL DE $ 15.600.000,00;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Autorízase al Sr. Intendente Municipal, D. Norberto Raúl Gizzi, DNI Nº 11.575.222, y al Sr. Secretario de Economía, D. Oscar Daniel Caffa, DNI Nº 12.078.076, a suscribir Convenio de Préstamo con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, por un presupuesto cuyo monto estimativo de proyecto asciende a pesos Trece millones ($ 13.000.000), al mes de julio de 2.018, siendo el monto definitivo de endeudamiento hasta pesos quince millones seiscientos mil ($ 15.600.000), con destino a financiamiento y ejecución de 135 lotes con servicios – Programa “Mi tierra Mi Casa”.-
Artículo 2do..- Adherir a la Municipalidad al Régimen de Coparticipación regulado por las Leyes Nº 7457 y Nº 10197, autorizando la afectación de fondos de Coparticipación Provincial y/o Nacional correspondientes, para la devolución de las cuotas del préstamo autorizado en el artículo anterior, facultando a convenir el descuento automático de la correspondiente coparticipación que beneficie a este Municipio.-
Artículo 3ro..- Autorízase a la Contaduría General de la Provincia de Santa Fe con aprobación del Poder Ejecutivo Provincial, a retener automáticamente - en caso que corresponda- de la cuenta de Coparticipación de Impuestos y Aportes de la Municipalidad, los montos que correspondan por las cuotas de devolución del crédito antes autorizado.-.
Artículo 4to..- Comuníquese, Publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve.-

