Ordenanza Nº 1215/19

VISTO:

            Que, es necesario contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.019; y

 

CONSIDERANDO:

            Que, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 2.756 Orgánica de Municipalidades, el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de recursos ha sido elevado para su consideración;

             El Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1ro..- Fíjase en la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL ($ 278.960.000.-) el total de las Erogaciones del presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio 2.019 conforme al siguiente resumen que analíticamente se desagrega de la Administración Municipal en planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

 

RENTAS

 Generales

Especiales

Total

EROGACIONES CORRIENTES

  221.931.000

       45.000

  221.976.000

OPERACIÓN

  200.753.000

             

  200.753.000

Personal

  159.500.000

 

  159.500.000

Bs. y Serv. no personales

    41.253.000

 

    41.253.000

INTERESES DE DEUDAS

      1.540.000

 

      1.540.000

TRANSFERENCIAS

      9.697.000

       45.000

      9.742.000

A CLASIFICAR

      9.941.000

 

      9.941.000

EROGACIONES DE CAPITAL

    22.325.000

 34.659.000

    56.984.000

INVERSIONES REALES

     21.072.000

  34.659.000

    55.731.000

Bienes de capital

       1.862.000

   

      1.862.000

Trabajos Públicos

     19.210.000

  34.659.000

    53.869.000

BIENES PREEXISTENTES

          200.000

 

         200.000

Inv. financiera

            10.000

 

           10.000

A CLASIFICAR

       1.043.000

 

      1.043.000

TOTAL

   244.256.000

  34.704.000

  278.960.000

 

         

Artículo 2do..- Estímase en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 205.479.000.-), el Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación, y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

 

Rentas

 Generales

Especiales

Total

RECURSOS CORRIENTES

 202.955.000

                 -  

  202.955.000

DE JURISDICCION PROPIA

   66.587.000

                 -  

    66.587.000

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

   53.720.000

                 -  

    53.720.000

TASAS Y DERECHOS

   39.830.000

                 -  

    39.830.000

CONTRIB. DE MEJORAS

   13.890.000

                 -  

    13.890.000

NO TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

     7.867.000

 

      7.867.000

TRIBUTARIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

     5.000.000

 

      5.000.000

DE OTRAS JURISDICCIONES

  136.368.000

                 -  

  136.368.000

Copart. del ejercicio

  136.368.000

 

  136.368.000

Copart. ejercicios anter.

                    -  

 

                    -  

RECURSOS DE CAPITAL

      2.524.000

                 -  

     2.524.000

VENTA DE ACTIVO FIJO

      2.524.000

 

     2.524.000

TOTAL

  205.479.000

                 -  

  205.479.000

 

Artículo 3ro..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo Financiero:

 

Rentas

 Generales

Especiales

  Total

Total de Erogaciones del Art. 1

 244.256.000

    34.704.000

 278.960.000

Total de Recursos del Art. 2

 205.479.000

             -  

 205.479.000

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO

   38.777.000

    34.704.000

   73.481.000

 

 

Artículo 4to..- Fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL ($ 2.211.000.-) el importe de Otras Erogaciones que se detallan con desagregación analítica en los cuadros siguientes:

 

 

Rentas

 Generales

Especiales

     Total

EROG P/ATENDER LA AMORTIZAC. DE LA DEUDA RG

   2.211.000

          -

 2.211.000

 

 

Artículo 5to..- Estímase en la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($ 75.692.000.-), el Financiamiento de la administración municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza:

 

 

Rentas

 Generales

     Especiales

        Total

I   APORTES NO REINTEGRABLE

15.827.750

       3.794.700

19.622.450

II  USO DEL CREDITO

25.160.250   

  30.909.300       

     56.069.550

TOTAL DEL FINANCIAMIENTO

40.988.000

       34.704.000

     75.692.000

 

Artículo 6to..- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 4º y 5º de la presente Ordenanza estímase el Financiamiento Neto de la administración en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL /$ 73.481.000.-), destinado a la atención de la necesidad del financiamiento establecido en el artículo 3º de la presente Ordenanza conforme el resumen que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas anexas a la presente Ordenanza.-

 

Rentas

 Generales

  Especiales

     Total

I    TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART 5º

      40.988.000

   34.704.000

  75.692.000

II TOTAL DE OTRAS EROGACIONES S/ART 4

        2.211.000

          -

    2.211.000

III TOTAL FINANCIAMIENTO NETO

     38.777.000

    34.704.000

  73.481.000

 

Artículo 7mo..- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1º de la presente Ordenanza, en la medida que las mismas resulten indispensables para el desenvolvimiento de los servicios y que el comportamiento esperado en la percepción de los Recursos permitan garantizar en atención, dando cuenta de todo ello al Honorable Concejo Municipal dentro de los treinta días (30) siguientes.-

 

Artículo 8vo..- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, Provincia, o Entes descentralizados, deberán ajustarse, en cuanto a su momento y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material y jurídicamente asegurada dentro del ejercicio.-

 

Artículo 9no..- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas específicas necesarias e incrementando las ya previstas cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a leyes, decretos, convenios nacionales o provinciales en vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispongan el Gobierno Nacional, Provincial y/o Entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.-

 

Artículo 10mo..- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer ajustes presupuestarios entre las normas fijadas en los artículos 1º y 5º, cuando se trate de partidas figurativas. Estos ajustes serán comunicados al Honorable Concejo Municipal en los plazos del artículo 7º.-

 

Artículo 11ro..- Fíjase en ciento diez (110) el número de cargos de la planta permanente municipal.-

 

Artículo 12do.. Fíjase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 4.884.000.-) el presupuesto del Honorable Concejo Municipal.-

 

Artículo 13ro.. El presupuesto fijado en la presente Ordenanza incluye en OTRAS EROGACIONES – EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE LA DEUDA  la  suma  de  PESOS  TRESCIENTOS  OCHENTA    Y     CUATRO         MIL  ( $ 384.000.-) con destino a atender sentencias judiciales, allanamientos y reconocimientos administrativos que impongan al municipio hacer frente a sumas de dinero. Este crédito representa el límite máximo establecido para dichos pagos.-

 

Artículo 14to..- Mantiénese en vigencia para el ejercicio 2.019 el Clasificador uniforme de la estructura del Presupuesto y sus conceptualizaciones.-

 

Artículo 15to..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 728.I.18

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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