Ordenanza Nº 1303/22

VISTO:

 

La necesidad de promover políticas públicas que estimulen y difundan el hábito de la lectura en niños y niñas de nuestra comunidad; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es oportuno resaltar el valor de la lectura e incentivar la importancia de los libros infantiles en nuestros niños;

 

Que, la lectura a edades tempranas enfocada de forma lúdica ayuda a que los niños/as no la entiendan como una obligación sino como un entretenimiento y, permita asi incorporarla a sus juegos y tiempo libre naturalmente;

 

Que, una de las mejores formas  de estimular  el desarrollo intelectual de los infantes es  inculcarles el hábito lector desde pequeños . Esto  potencia su imaginación, creatividad y adquisición de nuevos conceptos;

 

Que, el impulso en la práctica de la lectura puede fomentarse a través de la lectura por los padres de  cuentos infantiles  en la noche al acostarse los pequeños;

 

Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Provincial nº 13685 "Un niño, Un cuento", cuya iniciativa  corresponde  a la poetisa Jesica Diorie, que establece que todo niño/a nacido en la provincia de Santa Fe tiene derecho a recibir de manera gratuita un cuento infantil;

 

Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro..- Institúyase en el ámbito de la ciudad de Villa Cañas el Programa "Un niño, Un cuento" consistente en la entrega gratuita de un libro y/o ejemplar de cuento infantil a cada niño/a recién ingresado en las salas de cuatro años  de los Jardines de infantes sitos en la localidad.-

 

Artículo 2do..- Los mencionados libros de cuento serán seleccionados por profesoras de lengua y literatura de nuestra ciudad, teniendo como preferencia autores santafesinos en dicha elección.-

 

Artículo 3ro..-  Los gastos que demande la implementación de la presente serán soportados a través de la correspondiente partida  del presupuesto del Honorable Concejo Municipal.-

 

Artículo 4to..-  La entrega de los presentes libros será realizada por los  concejales en forma rotativa en las salas de las instituciones escolares.-

 

Artículo 5to..-  Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días del mes de octubre del año dos mil veintidós.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 2.058.C.22

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

Realizado por  www.pensamosprimero.com