VISTO:
El Decreto Nº 1.154/09, y aprobado por Resolución Conjunta Nº 190/14 del MASPyMA y Nº 197/14 del ME del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
La necesidad imperiosa de realizar una Obra de Ampliación de la Planta de Abatimiento de Arsénico de la Ciudad de Villa Cañás, lo cual redundará en beneficio de toda la comunidad;
Que, el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe cuenta con fondos que permitirán ejecutar la obra de Ampliación referida anteriormente;
Que, dicha obra deberá ejecutarse en su totalidad por administración, pudiendo incluso el Municipio realizar subcontrataciones;
Que, a dichos fines resulta menester obtener por parte del Concejo Municipal la autorización que consienta la firma de un convenio con el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fé;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- AUTORÍCESE al Sr. Intendente de la Municipalidad de Villa Cañás a suscribir un convenio con el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, que como ANEXO I se adjunta a la presente, a los fines de la obtención de un subsidio que será aplicado en la Obra de Ampliación de la Planta de Abatimiento de Arsénico de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Villa Cañás Limitada.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil catorce.-

