Ordenanza Nº 971/14

VISTO:

              El relevamiento que a través del área de asuntos legales viene realizando el Departamento Ejecutivo Municipal en relación a los inmuebles propiedad de la Municipalidad de Villa Cañás;  y


CONSIDERANDO:

 

              Que, en ocasión del mencionado relevamiento, se evidenció que el inmueble ubicado en calle 52 y 71, identificado como lote A, de la manzana 145 del plano de mensura Nº 131.368/91, PI Nº 17 19 00 379132/0000-5, inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 464 Folio 251 N° 251.095 Departamento General López, se encuentra a nombre de la Municipalidad de Villa Cañás;

 

              Que, actualmente dicho inmueble está en posesión de la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada (COEVICAL), en virtud de que la misma resultara adjudicataria de la Licitación Nro. 10/2.004 por la cual se dispuso la VENTA POR LICITACIÓN PUBLICA, del citado inmueble, así autorizado mediante Ordenanza N° 647/04 dictada por el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañas;

 

              Que, del análisis de los informes catastrales y la documentación correspondiente a la Ordenanza N° 647/04 y a la licitación pública Nº 10/2.004, surge una diferencia en relación a la descripción del lote en cuestión. El Decreto Nº 104/2.004 que dispone el llamado a licitación para la venta de terrenos propiedad del municipio, consigna las medidas del citado inmueble de manera errónea, en donde decía “lote ubicado en calle 52 entre calle 69 y 71. Manzana 145 lote 13 (15m x 35m)”, debió decir: “lote ubicado en calle 52 y 71 Manzana 145 lote A del plano de mensura N° 131368/1991 (35m x 22.50m)”. Ello se traslada entonces al pliego de la licitación;

 

              Que, el mencionado lote ubicado en calle 52 entre calle 69 y 71. Manzana 145 lote 13 (15m x 35m) ya era de propiedad de la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada (COEVICAL), inscripta la adquisición en el Registro General Rosario en fecha 13/08/2.001 al Tomo 522 folio 24 N° 376.962 Departamento General López;

 

              Que, en varias ocasiones la COEVICAL requirió al Municipio el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, circunstancia que no ha podido concretarse debido a que hasta la fecha no se ha subsanado el error material contenido en el Decreto Nº 104/2.004 y licitación pública Nº 10/2.004;

 

               Que, a los fines de dar solución a la cuestión planteada se inician los expedientes administrativos Nº 419/07 y Nº 344/10, remitiéndose copia de toda la documentación al Concejo Municipal;

 

              Que, a la fecha aún no se ha dado una solución, persistiendo en consecuencia la imposibilidad de concretar la escrituración;

 

              Que, corresponde entonces, rectificar los datos del inmueble ubicado en calle 52 y 71, Manzana 145, Lote A del plano 131.368/91, que mide 22,5 metros de frente por 35 metros de fondo y frente, encerrando una superficie total de 787,5 metros cuadrados, encontrándose inscripto al Tomo 464, Folio 251 Nº 251095 de fecha 18 de noviembre de 1.991,  identificado con el número de Partida Inmobiliaria 17 19 00 379132/0000-5;

                    

              Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de  Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA


Artículo 1ro..- RECTIFIQUENSE los datos del inmueble adquirido por la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada (COEVICAL), en virtud de la Licitación Pública Nº 10/2.004. En tal sentido debe entenderse que el Decreto Nº 104/2.004; el pliego de Bases y Condiciones, Anexo I, Formulario de Contrato, Anexo III-B, Anexo III-C y Acta de apertura de sobres, todo ello de Licitación Pública Nº 10/2.004 y el Decreto Nº 112/2.004, toda vez que mencionan  “Lote 2, manzana 145-Calle 52 Lote 13, de 15 (quince) metros por 35 (treinta y cinco) metros” y/o similares, refieren al inmueble ubicado en calle 52 y 71, Manzana 145, Lote A del plano 131368/91, que mide 22,5 (veintidós con cincuenta) metros de frente por 35 (treinta y cinco) metros de frente y fondo, encerrando una superficie total de 787,5 (setecientos ochenta y siete con cincuenta) metros cuadrados, encontrándose inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 464, Folio 251 Nº 251.095 de fecha 18 de noviembre de 1.991,  identificado con el número de Partida Inmobiliaria 17-19-00-379132/0000-5.-

 

 

Artículo 2do..- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de la Cooperativa de Electricidad, Servicios Públicos Vivienda y Crédito de Villa Cañás Limitada (COEVICAL), en relación al inmueble ubicado en calle 52 y 71, Manzana 145, Lote A del plano 131.368/91, que mide 22,5 (veintidós con cincuenta) metros de frente por 35 (treinta y cinco) metros de fondo y frente, encerrando una superficie total de 787,5 (setecientos ochenta y siete con cincuenta) metros cuadrados, encontrándose inscripto al Tomo 464, Folio 251 Nº 251095 de fecha 18 de noviembre de 1.991,  identificado con el número de Partida Inmobiliaria 17-19-00-379132/0000-5, toda vez que se encuentre cancelado el pago del precio acordado.-

 

Artículo 3ro..- Notifíquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los once días del mes de junio del año dos mil catorce.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 548.I.14

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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