VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 607/2.014 en el cual se adjunta acta de donación efectuada a la Municipalidad de Villa Cañás, por los Sres. JUAN DOMINGO ELISEI, DNI 11.418.003 y, LUIS ENRIQUE ELISEI, DNI 10.070.809, consistente en los lotes “6B” y “6C”, con una superficie de 650 m2 y 1.000m2 respectivamente, parte del Lote Nº 6, de la Quinta Nº 18 del plano oficial, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 372, Folio 190, Nº 170.398 de fecha 07/05/82, ubicados en calle 63 entre 58 y 56 bis de la manzana 96 de nuestra ciudad. P.I.I. Nº 378.948/0000, nomenclatura catastral: Manzana 0115, Parcela 0115; que como surgen del plano de mensura y subdivisión que se adjunta, se encuentran afectados a “CALLE PUBLICA”; y
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39, inciso 8 de la Ley Nº 2756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada con destino a calle pública, efectuada por los Sres. JUAN DOMINGO ELISEI, DNI Nº 11.418.003 y, LUIS ENRIQUE ELISEI, DNI Nº 10.070.809, consistente en los lotes “6B” y “6C”, con una superficie de seiscientos cincuenta metros cuadrados (650 m2) y mil metros cuadrados (1.000m2) respectivamente, parte del Lote Nº 6, de la Quinta Nº 18 del Plano Oficial, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 372, Folio 190, Nº 170.398 de fecha 07/05/82, ubicados en Calle 63 entre 58 y 56 bis de la manzana 96 de nuestra ciudad. P.I.I. Nº 378.948/0000, nomenclatura catastral: Manzana 0115, Parcela 0115; s/ plano del Agrimensor JORGE H. GALVAN. El mencionado plano se inscribirá posteriormente en el Dpto. de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los trece días del mes de agosto del año dos mil catorce.-

