Ordenanza Nº 1053/16

VISTO:

 

            La necesidad de ordenar normas en cuanto a la tributación en el Municipio; y

 

CONSIDERANDO:

            Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;

            Que, se hace necesario reajustar los valores para no desfinanciar el Municipio, ni resentir la prestación de los servicios públicos esenciales;

            Que, cualquier tipo de aumento en tasas o derechos, deben atender la realidad de la población;

   Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1ro..- Modifícanse los artículos 15º y 16º de la Ordenanza Nº 1047/16 siendo su nueva redacción la siguiente:

……Artículo 15to..-  El monto anual se establece en pesos Ciento Treinta y cinco ($ 135,00) por hectárea.

…….Artículo 16to..-  El vencimiento de cada cuota responderá al siguiente cuadro operando el vencimiento los días establecidos o posterior hábil si este resultara inhábil:

 

Vencimiento

$/ha

10/01/16

17,925

11/03/16

17,925

10/05/16

22,50

11/07/16

22,50

12/09/16

22,50

10/11/16

22,50

 

Artículo 2do..- Modifícase el artículo 58º de la Ordenanza Nº 1047/16 siendo su nueva redacción la siguiente

....- Fijar en pesos quince ($ 15,00) la equivalencia en pesos del artículo 1º de la Ordenanza Nº 744/08 incluido en el monto del artículo 15º de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil dieciséis.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 630.I.16

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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