Ordenanza Nº 984/14

VISTO Y CONSIDERANDO:

 

 

            La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones por la que se crea un fondo para la ejecución de obras y compra de equipamiento;

 

            Nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;

 

            EL Departamento Ejecutivo Municipal ha evaluado las obras públicas prioritarias. De esa evaluación surge la decisión de ejecutar alumbrado público en la Avenida 50 entre Avenidas 51 y 59 de nuestra localidad;

 

           Esta obra se encuentra comprendida entre las que son financiables por el Fondo;

 

            Nuestra localidad tiene disponible fondos del ejercicio 2.014;

 

           Por todo ello el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA 

 

 

Artículo 1ro..-          Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 1.123/08, el aporte no reintegrable de pesos trescientos veintidós mil quinientos setenta y cuatro con ochenta centavos correspondientes al año 2.014 para la ejecución del proyecto “Alumbrado Público Avenida 50 entre Avenidas 51 y 59 de nuestra localidad”.-

 

Artículo 2do..-         Facúltese al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento parcial de la obra que se menciona en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

 

Artículo 3ro..-          Declárese no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras el proyecto “Alumbrado Público en Avenida 50 entre Avenidas 51 y 59”.-

 

Artículo 4to..- Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil catorce.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 567.I.14

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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