Ordenanza Nº 985/14

VISTO:

 

            La necesidad de ordenar normas en cuanto a la tributación en el Municipio; y

 

CONSIDERANDO:

 

            Las atribuciones que emanan de la Ley Orgánica de Municipalidades;

 

            Que, se hace necesario reajustar los valores para no desfinanciar el Municipio, ni resentir la prestación de los servicios públicos esenciales;

 

            Que cualquier tipo de aumento en tasas o derechos, deben atender la realidad de la población;

 

Por todo ello, el Honorable  Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1ro...-  Modifícanse los artículos 15to y 16to. de la Ordenanza Nº 934/13 siendo su nueva redacción la siguiente:

 

……Artículo 15to..-  El monto anual se establece en pesos noventa y siete con veinte centavos ($ 97,20.-) por hectárea.

 

…….Artículo 16to..-  El vencimiento de cada cuota responderá al siguiente cuadro operando el vencimiento los días establecidos o posteriores hábil si este resultara inhábil: 

 

 

Vencimiento

$/ha

17/1

11,743

10/3

11,743

10/5

14,679

10/7

15,465

25/9

16,200

10/11

16,200

10/01/15

16,200

 

 

Artículo 2do.- Modificase el artículo 60mo de la Ordenanza Nº 934/13 siendo su nueva redacción la siguiente

....- Fijar en pesos diez con ochenta centavos ($ 10,80.-) la equivalencia en pesos del artículo 1ro. de la Ordenanza Nº 744/08 incluido en el monto del Artículo 15to de la presente Ordenanza.-

 

Artículo 3ro.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil catorce.-

Info adicional

  • Expediente Nº: 568.I.14

       Concejo Municipal de Villa Cañas - Av. 51 Nº 370 - TEL 03462 15546627

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