VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 830/2.014 en el cual se adjunta acta de donación efectuada a la Municipalidad de Villa Cañás, por el Sr. Luis Carlos Vega, LE 6.141.171, consistente en el lote “12C”, de la Sección “D”, de la quinta Nº 7, hoy Manzana Nº 230 de Villa Cañás, inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 449, Fº 8, Nº 213.031-31/03/89 Departamento General López, ubicado en calle 47 Nº 240, P.I.I. Nº 17-19-00-379393/0000, nomenclatura catastral provincial: MANZANA 0112, PARCELA 00003, con una superficie de 112,50 m2; que como surgen del plano de mensura y subdivisión que se adjunta, se encuentran afectados a “CALLE PUBLICA”; y
CONSIDERANDO:
Que, para la aceptación de la mencionada donación es menester se someta a éste Honorable Concejo Municipal la aprobación pertinente a través de la normativa que se dicte al efecto, de conformidad al artículo 39º, inciso 8 de la Ley Nº 2756;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Acéptese la donación efectuada con destino a calle pública, efectuada por el Sr. Luis Carlos Vega, LE 6.141.171, consistente en el lote “12C”, de la Sección “D”, de la quinta Nº 7, hoy Manzana Nº 230 de Villa Cañás, inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 449, Fº 8, Nº 213.031-31/03/89 Departamento General López, ubicado en calle 47 Nº 240, P.I.I. Nº 17-19-00-379393/0000, nomenclatura catastral provincial: MANZANA 0112, PARCELA 00003, con una superficie de ciento doce con cincuenta metros cuadrados (112,50 m2); s/plano del Agrimensor Jorge H. Galván. El mencionado plano se inscribirá posteriormente en el Dpto. de Topocartografía del Servicio de Catastro e Información Territorial de la ciudad de Rosario.-
Artículo 2do..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil catorce.-

