VISTO:
La Obra de Cloacas que se está ejecutando en nuestra ciudad;
Las Ordenanzas Nº 686/05, Nº 688/06, Nº 691/06, Nº 717/07, Nº 753/08, Nº 774/09, Nº 823/10, Nº 841/11, Nº 858/11, Nº 872/12, Nº 883/12, Nº 926/12, Nº 942/13 y Nº 968/14 que regulan los diferentes temas y aspectos vinculados con la obra de cloacas en nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, en el período transcurrido desde el último aumento a la fecha, el “Índice del Costo de la Construcción”, que representa los valores de referencia para los insumos utilizados en la obra y que a la postre constituye los elementos de la estructura de costo con mayor incidencia relativa en el valor final, presenta un incremento constante;
Que, también los demás rubros, tales como materiales, mano de obra, el mantenimiento de los equipos, combustible, entre otros que componen el costo de la construcción también han sufrido incrementos superiores a diez veces el valor original;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1ro..- Establécese a partir del día 12/12/2.014 el valor de la Unidad de Cuenta Obra de Cloacas (UCOC) en dos pesos con 61/100 ($ 2,61.-).-
Artículo 2do..- Establécese a partir del día 13/04/2.015 el valor de la Unidad de Cuenta Obra de Cloacas (UCOC) en dos pesos con 96/100 ($ 2,96.-).-
Artículo 3ro..- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Villa Cañás, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil catorce.-

